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Centro Asesor de la Mujer

Dirección: Avda. Tartiere, 32. 33670 Moreda.

Teléfono Asesoramiento Jurídico (con cita previa):  652383451.

Correo electrónico: cam@aller.es

Teléfono Asesoramiento Psicológico (con cita previa): 684668797.

Correo electrónico: psicologacam@aller.es

 


 

ASESORAMIENTO JURÍDICO

Servicio de información y asesoramiento legal, totalmente gratuito, para la adecuada defensa y ejercicio de los derechos de la mujer, en los que se respeta totalmente la confidencialidad de la usuaria, al que se puede acceder mediante consultas personales o telefónicas.

Funciones:

1. Colaborar con la Administración del Principado de Asturias y con el resto de recursos locales en la coordinación y seguimiento de acciones de desarrollo de las políticas de igualdad y de prevención y sensibilización de la violencia de género, 

2. Desarrollar desde el ámbito municipal, de manera conjunta con los servicios sociales generales, las labores de evaluación e información de situaciones de necesidad social como las que enfrentan las mujeres víctimas de violencia de género. 

3. Prestar información y asesoramiento jurídico gratuito a mujeres en todos los ámbitos del Derecho, y también cuando su demanda tanto individual como colectiva tenga relación con cuestiones de discriminación por razón de sexo, lo que incluye la recogida y tramitación de denuncias por discriminación salarial, con el objetivo de evitar la exclusión social.

4. Prestar atención integral y asesoramiento especializado a mujeres víctimas de violencia de género. En desarrollo del Protocolo Interdepartamental para mejorar la atención a las mujeres víctimas de violencia de género, el centro asesor de la mujer actuará como responsable de caso y tendrá la labor de informar, asesorar, coordinar y realizar el seguimiento de los procedimientos judiciales y administrativos, lo cual se concreta en las siguientes funciones: 

a) Prestar información y asesoramiento jurídico gratuito a mujeres víctimas de violencia de género.

b) Realizar el seguimiento de los procedimientos judiciales de todo tipo que afecten a la mujer víctima de violencia de género, actuando de forma coordinada con el abogado o abogada que desarrolle la defensa jurídica de la mujer. Su labor incluirá el asesoramiento, explicación de los distintos procedimientos judiciales, acompañamiento en el desarrollo de los mismos y colaboración con la letrada o letrado que tenga asignada esta labor. Con el fin de poder llevar a cabo esta función, se aplicará el protocolo de colaboración con el Turno de Oficio especializado en violencia de género del Colegio de la Abogacía de Gijón y del Colegio de Abogados de Oviedo.

c) Realizar la coordinación y seguimiento con la totalidad de recursos de atención a mujeres víctimas de violencia de género. 

5. Acreditación de la condición de víctima de violencia de género prevista en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

6. Acreditación de situaciones de riesgo de trata, explotación sexual y situaciones de vulnerabilidad de mujeres en contextos de prostitución para el acceso a medidas de apoyo habitacional y económico, previo informe de las entidades que trabajan en la materia. 

 

ASESORAMIENTO PSICOLÓGICO

Servicio de atención, apoyo y acompañamiento psicológico a mujeres víctimas de violencia de género. Totalmente gratuito, para la adecuada defensa y ejercicio de los derechos de la mujer, en los que se respeta totalmente la confidencialidad de la usuaria, al que se puede acceder mediante consultas personales o telefónicas.

Funciones:

a) Realizar la valoración de la demanda y de las necesidades individuales de cada mujer.

b) Proporcionar apoyos en la relación de cada mujer con sus hijas e hijos tras la ruptura o separación.

c) Proporcionar apoyo a menores víctimas de violencia de género y a hijas e hijos huérfanos de víctimas de violencia de género.

d) Proporcionar información y asesoramiento a familiares y amistades cercanas a mujeres víctimas de violencia de género en caso de ser necesario.

e) Garantizar apoyo psicológico ante situaciones de abusos y/o agresiones sexuales o cualquier tipo de violencia sexual contra las mujeres. En caso de agresiones o abusos sexuales, se actuará de forma coordinada con el Centro de Crisis para víctimas de agresiones sexuales del Principado de Asturias, realizando la derivación de los casos.

f) Valorar la necesidad de derivación a servicios especializados en la atención a mujeres víctimas de violencia de género.

g) Diseñar e implementar programas de sensibilización y formación para la promoción de la igualdad y la prevención de la violencia de género, para los Ayuntamientos del ámbito territorial del centro asesor. 

h) Realizar la coordinación y el seguimiento de cada caso juntamente con el servicio de asesoramiento jurídico, así como con la totalidad de recursos de atención a mujeres víctimas de violencia de género, para realizar una intervención multidisciplinar: servicios sociales; salud; fuerzas y cuerpos de seguridad del estado; red de casas de acogida, empleo; etc. 

 

ACTIVIDAD SUBVENCIONADA POR EL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS